La reforma operada en el artículo 49 C.E., en febrero de 2024, adaptando nuestra Constitución a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006, estableció la obligación que incumbe ahora a los poderes públicos de impulsar políticas que garanticen la plena autonomía personal e inclusión social en entornos accesibles. La Unión Europea y sus estados miembros son parte de esta Convención, que sustenta un modelo de discapacidad basado en los derechos humanos, y por tanto deben avanzar en su implementación.
De ello se desprende que tanto la Directiva 2000/78/CE para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación como nuestra Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social deben interpretarse, en la medida de lo posible, de conformidad con dicha Convención, desde la perspectiva del modelo de derechos humanos de la discapacidad.
De esta forma, el TJUE y, de su mano, nuestros tribunales han avanzado hacia un nuevo concepto de persona con discapacidad y hacia la prohibición de todas las formas de discriminación.
El reto actual es conseguir que el modelo de derechos humanos de la discapacidad impregne el conjunto de las políticas y de las normativas en materia de empleo, condiciones de trabajo y protección social. Y este es, sin duda alguna, el reto que han asumido y han cumplido de forma destacada las propuestas de reforma en el ámbito del empleo, las condiciones de trabajo y la protección de la Seguridad Social, contenidas en el presente libro y que, consecuentemente, exigen una lectura sosegada y una profunda reflexión